Banco de la República pide a Corte Constitucional aplazar entrada en vigencia de la Reforma Pensional

12 de julio, 2025

Banco de la República pide a Corte Constitucional aplazar entrada en vigencia de la Reforma Pensional

El gerente general del Banco de la República, Leonardo Villar, envió una carta a la Corte Constitucional solicitando aclaraciones sobre la entrada en vigencia de la Reforma Pensional. La solicitud se centra en la Ley 2381 de 2024, que establece un nuevo sistema de pilares para el régimen pensional del país. Aunque el Congreso aprobó esta reforma el 29 de junio tras subsanar un vicio de trámite, aún falta el pronunciamiento final de la Corte Constitucional, quien deberá evaluar la constitucionalidad del proyecto con base en un informe que debe presentar el presidente de la Cámara de Representantes, Jaime Raúl Salamanca, acompañado de las actas de la plenaria.

En su comunicación, Villar advierte que la sentencia de la Corte establecería que la Reforma Pensional entre en vigor un día después del fallo, lo cual generaría una contradicción con el texto de la propia ley. Según lo aprobado por el Congreso, el nuevo sistema de pilares debería comenzar a regir 12 meses después de su promulgación. Esta diferencia de fechas genera incertidumbre sobre la implementación del fondo de ahorro administrado por el Banco de la República, uno de los ejes del sistema contributivo de la Reforma. El gerente subraya que dicho fondo aún no cuenta con las reglas necesarias para su funcionamiento.

El documento detalla que hasta el 17 de junio de 2025 —cuando la Corte anunció su decisión— el Banco se encontraba ajustando con el Ministerio de Hacienda los términos del contrato interadministrativo requerido para comenzar la gestión del fondo. Asimismo, estaban en proceso de preparación para la contratación de administradores externos, lo que fue suspendido una vez se conoció el anuncio de la Corte. La reactivación de estos procesos está supeditada a la publicación de la sentencia definitiva, razón por la cual Villar propone un nuevo calendario que permita completar la logística pendiente.

En la carta se solicita formalmente a la Sala Plena que, si se declara exequible la ley, se considere postergar su entrada en vigencia al menos tres meses después de la publicación de la sentencia. Este margen permitiría implementar los procedimientos de contratación requeridos y organizar la administración operativa del fondo de ahorro, como lo estipulan los artículos 24 y 92 de la ley. Villar enfatiza que sin ese plazo adicional, el Banco no tendría capacidad técnica ni jurídica para cumplir a cabalidad su papel en el nuevo esquema pensional.

A esta petición se sumó Andrés Velasco, presidente de Asofondos, quien también solicitó a la Corte un aplazamiento, proponiendo una prórroga mínima de dos meses posteriores a la publicación de la sentencia. Velasco argumentó que hay complejidades prácticas y operativas que podrían afectar la correcta implementación del sistema y generar riesgos para los derechos de los afiliados al sistema pensional colombiano.

Compartir:

Noticias Relacionadas