El Gobierno del presidente Gustavo Petro firmó el 29 de abril la Resolución 120 de 2026, mediante la cual solicitó suspender las órdenes de captura y extradición contra 29 integrantes del Clan del Golfo, entre ellos su máximo cabecilla, Jobanis de Jesús Ávila Villadiego, alias Chiquito Malo. El documento, conocido públicamente este 8 de mayo tras su publicación por Blu Radio, indica que el Ejecutivo acepta el listado entregado por la propia organización armada para facilitar el tránsito de sus integrantes hacia las Zonas de Ubicación Temporal (ZUT). La medida forma parte de la política de Paz Total.
La resolución fue firmada por el consejero comisionado de paz, Otty Patiño, y se ampara en acuerdos previos suscritos en Doha, Catar, donde el Gobierno y delegados del Clan del Golfo pactaron la ubicación gradual de sus combatientes en zonas específicas del territorio nacional. El documento establece que el traslado efectivo a las ZUT debe iniciarse el 25 de junio de 2026, en los municipios de Tierralta, en Córdoba, y Belén de Bajirá, en el Chocó. La resolución también precisa que cualquier desplazamiento amparado en esta medida debe tener una finalidad exclusiva de preparación o ejecución del ingreso a esas zonas, sin que pueda usarse para otras actividades.
Entre los 29 nombres del listado —aportado por los propios delegados del EGC— figura Jobanis de Jesús Ávila Villadiego, de 49 años, quien asumió el liderazgo del Clan del Golfo tras la captura y extradición de alias Otoniel. El Departamento de Justicia de Estados Unidos lo sindica de haber liderado una estructura de narcotráfico de alcance transnacional entre octubre de 2021 y abril de 2026. La Fundación Ideas para la Paz calcula que el Clan del Golfo es hoy el grupo armado más grande del país, con incidencia en cerca de 300 municipios y control sobre eslabones clave de la producción y exportación de cocaína, la minería ilegal de oro y la extorsión.
La Fiscalía General de la Nación rechazó la solicitud. La fiscal Luz Adriana Camargo explicó que la entidad carece de competencia para suspender por decisión propia las órdenes de captura con fines de extradición, y que cualquier medida de ese tipo debe ceñirse estrictamente a lo establecido en el artículo 8 de la Ley 2272 de 2022. "La petición del comisionado no consulta lo establecido en la norma", afirmó la funcionaria, quien precisó además que la Fiscalía tampoco tiene atribuciones para garantizar seguridad jurídica a integrantes de organizaciones armadas en las ZUT.
La decisión se da en un proceso marcado por idas y vueltas. En diciembre de 2025 el Gobierno ya había suspendido las órdenes de captura contra Chiquito Malo mediante la Resolución 274, pero en marzo de 2026 las reactivó a través de la Resolución 070 porque el EGC no cumplió el cronograma previsto para el 1 de marzo. Los diálogos también se tensionaron tras la reunión entre Petro y Donald Trump, en la que el mandatario colombiano señaló a Ávila Villadiego como un objetivo prioritario de alto valor para las fuerzas de seguridad. El jefe negociador del Gobierno, Álvaro Jiménez, logró reactivar la mesa con la promesa de respetar una nueva suspensión siempre que avanzara el proceso de ubicación.
La contradicción entre el discurso público del presidente y las decisiones administrativas de su propio equipo de paz es uno de los ejes del debate generado por la revelación de hoy. Mientras Petro le dijo a Trump que Chiquito Malo debía ser neutralizado, la Oficina del Alto Comisionado firmaba una resolución para frenar su captura. El Clan del Golfo, por su parte, ha mantenido operaciones armadas activas en Antioquia durante el mismo período en que se desarrollan las negociaciones, lo que ha alimentado los cuestionamientos sobre las condiciones reales del proceso.








