La Defensoría del Pueblo radicó este martes 10 de marzo una intervención ante el Consejo de Estado con el objetivo de respaldar la legalidad del decreto mediante el cual el Gobierno Nacional fijó el salario mínimo para 2026 en Colombia. La actuación fue presentada bajo la dirección de la Defensora del Pueblo, Iris Marín Ortiz, en el marco de las funciones constitucionales de la entidad relacionadas con la promoción y protección de los derechos humanos. Según explicó la institución, su pronunciamiento se fundamenta en lo que denomina su “magistratura moral”, una figura institucional mediante la cual busca intervenir en debates que tienen implicaciones directas sobre derechos fundamentales y condiciones de vida de la población trabajadora. En el documento enviado al alto tribunal, la Defensoría sostuvo que el decreto expedido por el Gobierno cumple con los requisitos constitucionales y responde a criterios jurídicos previamente definidos por la jurisprudencia colombiana.
La entidad señaló que la discusión sobre el salario mínimo no puede entenderse únicamente desde una perspectiva económica, sino también desde el enfoque de derechos humanos y dignidad laboral. En su intervención, la Defensoría argumentó que el salario mínimo constituye un mecanismo clave para garantizar condiciones de vida dignas y el acceso efectivo a derechos básicos de los trabajadores. En ese sentido, recordó que la Constitución Política establece la protección del trabajo en condiciones justas y dignas, principio que también está respaldado por diversos tratados internacionales ratificados por Colombia. Bajo ese marco, la institución explicó que el decreto presidencial que fijó el incremento salarial se ajusta a los parámetros establecidos por la Corte Constitucional, particularmente a lo señalado en la Sentencia C-815 de 1999, en la que se define que el Gobierno debe motivar este tipo de decisiones teniendo en cuenta variables económicas y sociales verificables.
En el análisis presentado ante el Consejo de Estado, la Defensoría también expuso que el decreto del salario mínimo está sustentado en varios criterios establecidos por la legislación colombiana para determinar el ajuste anual del ingreso básico de los trabajadores. Entre esos factores se incluyen el comportamiento de la inflación, la productividad laboral, el crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB) y la participación de los salarios dentro del ingreso nacional. A comienzos de 2026, el presidente Gustavo Petro confirmó un incremento del 23,7 % en el salario mínimo mensual, que quedó fijado en 1.750.905 pesos. Adicionalmente, el auxilio de transporte —obligatorio para trabajadores que devengan hasta dos salarios mínimos— fue establecido en 249.095 pesos. En su intervención, la Defensoría instó al Consejo de Estado y a las demás autoridades a evitar escenarios que puedan afectar la protección de los derechos laborales reconocidos por la Constitución y por los instrumentos internacionales adoptados por el país.








